Los miembros de la comunidad universitaria que profesen el credo católico se ajustarán a los feriados religiosos que fija el calendario nacional. Así mismo los que profesen la religión judía o islámica tendrán autorización a no asistir en los días de las festividades que autoriza la normativa argentina vigente. Igualmente quienes fueran de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad (Ley Nº 26.199). En todos los casos se deberá presentar en Secretaría Académica la documentación que corresponda para justificar las inasistencias.
Sign In
La contraseña debe tener un mínimo de 8 caracteres de números y letras, y contener al menos 1 letra mayúscula